Reforma LFT en materia de Vacaciones

C417531

Beneficio

A partir de esta versión, en CONTPAQi® Nóminas, estamos preparados para el nuevo cálculo de vacaciones con base a la nueva reforma fiscal.

Este cambio que implica el aumento a 12 días de vacaciones por cada año laborado en la empresa para los empleados a partir del 01 de enero del 2023, es por ello que, conlleva una actualización en los cálculos y procesos del sistema para que las vacaciones se calculen conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

Recuerda

A partir del 01 de enero del 2023 se otorgarán 12 días de vacaciones por año laborado al empleado.

Como primera instancia, te describiremos el proceso del cálculo de vacaciones, otorgando los días proporcionales considerando la antigüedad de los empleados.

Para esto, es importante conocer las tablas de prestaciones que estarán involucras en el cálculo de las vacaciones, según corresponda el aniversario laboral del empleado:

  En vigor 01/01/1970 - 31/12/2022

Antigüedad

Días de vacaciones

% de Prima vacacional

Días de aguinaldo

Factor de integración

1

6

25

15

1.045205

2

8

25

15

1.046575

3

10

25

15

1.047945

4

12

25

15

1.049315

De 5 a 9

14

25

15

1.050685

De 10 a 14

16

25

15

1.052055

De 15 a 19

18

25

15

1.053425

De 20 a 24

20

25

15

1.054795

De 25 a 29

22

25

15

1.056164

De 30 a 34

24

25

15

1.057534

De 35 a 39

26

25

15

1.058904

De 40 a 44

28

25

15

1.060274

45

30

25

15

1.061644

  En vigor 01/01/2023

Antigüedad

Días de vacaciones

% de Prima vacacional

Días de aguinaldo

Factor de integración

1

12

25

15

1.049315

2

14

25

15

1.050685

3

16

25

15

1.052055

4

18

25

15

1.053425

5

20

25

15

1.054795

De 6 a 10

22

25

15

1.056164

De 11 a 15

24

25

15

1.057534

De 16 a 20

26

25

15

1.058904

De 21 a 25

28

25

15

1.060274

De 26 a 30

30

25

15

1.061644

De 31 a 35

32

25

15

1.063014

De 36 a 40

34

25

15

1.064384

De 41 a 45

36

25

15

1.065753

Importante

A partir del 01 de enero del 2023 el cálculo de vacaciones se realizará conforme a la tabla de Prestaciones de Ley que entra en vigor el 01/01/2023.

 

Opciones disponibles para el cálculo de vacaciones y factor de integración.

Para los colaboradores que ingresen a laborar en la empresa a partir de 2023, se aplicarán las vacaciones con los valores especificados en la reforma, vigente a partir del 1 de enero de 2023, por lo cual, para el primer año serán 12 días de vacaciones; y el factor mínimo de integración, por tanto, será 1.0493.

Para los colaboradores que actualmente están laborando en la empresa y tienen antigüedad, para determinar cómo se realizará el cálculo de las vacaciones que aplican en 2023, se incluye un nuevo parámetro en el Catálogo de empresas, dentro de la pestaña General, para que puedas indicar el criterio que desees aplicar para el cálculo de vacaciones y factor de integración.

Actualmente existen dos criterios de cómo calcular las vacaciones de un empleado que tiene una parte de vacaciones devengadas en el año 2022 y otra parte de vacaciones devengadas en 2023.

  • El primer criterio se basa en que el empleado, no importa si trabajó una parte en el año 2022 y otra parte en el año 2023, en este criterio se considera que debe disfrutar los 12 días completos de vacaciones para un trabajador en su primer año (o bien, los que correspondan según su antigüedad). 
  • El segundo criterio, se basa en que las vacaciones de devengan proporcionalmente, de acuerdo con el tiempo que el trabajador estuvo en el año 2022 y en el año 2023.

Sin embargo, tú podrás elegir en el sistema el criterio que decidas aplicar.

El nuevo campo “Días de vacaciones”, del catálogo de empresas, tiene dos opciones:

  • Días Reforma entrada en vigor (Criterio días completos):

Ejemplo: Empleado 1; fecha de alta 03/07/2022

Para 2023 se consideran:

Días de vacaciones: Se consideran los días que aplican con la reforma:  12 días

Factor de integración: 1.0493

  • Días proporcionales (Criterio días proporcionales):

Ejemplo: Empleado 1; fecha de alta 03/07/2022

Para 2023 se consideran:

Días de vacaciones: Parte proporcional de lo laborado en 2022 y parte proporcional de lo laborado en 2023:  9.01 días

Factor de integración: 1.0473

Por omisión, en el sistema estará seleccionada la opción Días Reforma entrada en vigor (Criterio días completos).

Si determinas aplicar el criterio de días proporcionales, podrás seleccionar la opción en el momento que lo decidas.

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